ÓRGANO ELECTORAL PLURINACIONAL
TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL
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Reglamentos 2024

Este Reglamento tiene por objeto determinar las faltas electorales, las sanciones correspondientes y los procedimientos a aplicar durante los procesos electorales. Se fundamenta en la Constitución Política del Estado, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer ratificada por Ley N° 1599 de 1994.

El Reglamento de Administración de Material Valorado, Gratuito y Libros de Registro Civil, Gratuito y Libros de Registro Civil del Órgano Electoral Plurinacional, tiene por objeto normar y sistematizar el procedimiento operativo para su administración (impresión, custodia, distribución y venta), en el marco de las Normas Básicas del Sistema de Tesorería y Sistema de Administración de Bienes y Servicios.

OBJETO

I. El presente Reglamento, tiene por objeto establecer reglas relacionadas con el conjunto de funciones, actividades y procedimientos administrativos para adquirir bienes y servicios destinados a la realización o administración de las Elecciones de Autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional 2024, en el marco de la autorización otorgada en la Disposición Adicional Segunda de la Ley N° 1549 de 6 de febrero de 2024, de Régimen Excepcional y Transitorio para la Elecciones Judiciales 2024.

II. A efectos de este Reglamento, se entiende por bienes y servicios a: bienes, servicios generales y consultorías de línea y por producto.

III. La administración y disposición de bienes se regirá por los subsistemas correspondientes de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.

El presente Reglamento tiene por objeto normar el régimen especial de difusión de méritos e información del proceso de Elección de Autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional, en el marco constitucional del derecho a la información y a la comunicación de la ciudadanía para una participación informada.

El objetivo del Reglamento Específico del Sistema de Organización Administrativa (RESOA) es regular la implantación del Sistema de Organización Administrativa en el Órgano Electoral Plurinacional, disponiendo lo siguiente:

a) La realización de los procesos para el análisis, diseño e implantación de la estructura organizacional.

b) La asignación de funciones para cada uno de los procesos mencionados.

c) La determinación de periodos de ejecución de cada proceso.

El Reglamento Específico del Sistema de Administración de Personal, regula y operativiza el funcionamiento del Sistema de Administración de Personal en el Órgano Electoral Plurinacional, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 1178 de Administración y Control Gubernamentales, y Decreto Supremo N° 26115 que aprueba las Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal.

Están sujetos al cumplimiento del presente reglamento todos los servidores públicos del Órgano Electoral Plurinacional.