Las Asambleas y los Cabildos son mecanismos constitucionales de democracia directa y participativa en los cuales las ciudadanas y ciudadanos se pronuncian pública y directamente sobre políticas y asuntos de interés colectivo, excepto las Asambleas y Cabildos propios de la organización interna de las naciones y pueblos indígena originario campesinos. (Art. 35, Ley N. 026 del Régimen Electoral)
La Asamblea y el Cabildo se originan por iniciativa de las ciudadanas y ciudadanos, de las organizaciones de la sociedad civil y de las organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinos. La convocatoria deberá incluir claramente el propósito de la iniciativa y su agenda. Tienen carácter deliberativo, sus decisiones no son de carácter vinculante, pero deberán ser consideradas por las autoridades y representantes en los niveles de decisión que corresponda. (Art. 36, Ley N. 026)
Es competencia del Órgano Electoral Plurinacional (OEP) la observación y acompañamiento de las asambleas y cabildos a través del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE). El SIFDE elaborará un Informe de Acompañamiento que contemplará, como mínimo, la agenda de la Asamblea o Cabildo, número aproximado de asistentes y las resoluciones o acuerdos. El Informe, con la inclusión de material audiovisual, será difundido mediante el portal electrónico en internet del Tribunal Supremo Electoral. (Arts. 37 y 38, Ley N. 026)
Procesos de observación y acompañamiento
En cumplimiento del Memorándum de Declaratoria en Comisión de fecha 23 de abril de 2025; y la determinación de Sala Plena del Tribunal Electoral Departamental del Beni (TED-BENI), mediante RESOLUCION SP/TED-BENI N° 036/2025, que autoriza la observación y acompañamiento al “MAGNO CABILDO DE LA REGION INTERCULTURAL DE YUCUMO”, se emite el presente informe para consideración de la Sala Plena del Tribunal Electoral Departamental.
El cabildo Nacional en Defensa de la Democracia y la Economía se realizó el 21 de octubre de 2022, en inmediaciones del monumento al Chiriguano de la ciudad de Santa Cruz.
En cumplimiento a la instrucción de la nota No. INT-SC-TEDLP No. 0608/2018, de 10 de octubre de 2018, a través de la cual, la Sala Plena del Tribunal Electoral Departamental (TED) de La Paz instruye a Víctor Cuizara Atanacio, Responsable Sifde del TED La Paz, para que junto al servidor público Luis Arequipa Apaza cumplan con lo establecido en la nota TSE-SC N. 01341/2018, en calidad de observación y acompañamiento. Asimismo, la Dirección Nacional del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), mediante hoja de ruta TSE-SC-9095/2018, delega a los servidores públicos Víctor Villalta, Benedicto Moiza y César Lora la coordinación con el TED La Paz, en cumplimiento a la disposición de Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) emanada según nota 01341/2018. En este marco, se pone a consideración el presente informe de observación y acompañamiento.

