Establece las generalidades del proceso electoral: de las autoridades, las organizaciones políticas participantes, registro de candidaturas con paridad y alternancia, de los documentos habilitantes y sus efectos, requisitos y sistema de elección de autoridades, la papeleta de sufragio, entre otros.
Regula la difusión de la propaganda electoral en procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato y la participación de las organizaciones políticas o alianzas, organizaciones de la sociedad civil y de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, medios de comunicación y la ciudadanía en general.
Regula la difusión de la propaganda electoral en procesos electorales, referendos y revocatorias de
mandato y la participación de las organizaciones políticas o alianzas, organizaciones de la sociedad civil y las organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinas, medios de comunicación y la ciudadanía en general.
Determina el procedimiento del proceso de referendo de aprobatorio; las obligaciones y funciones de las autoridades del proceso electoral; el registro de las organizaciones; la campaña y propaganda electoral; la papeleta de sugragio; los tipos de voto; la jornada de votación, entre otros.
Establece lineamientos y procedimientos para la administración, control y rendición de cuentas de los recursos relativos a la ejecución del proceso de registro de bolivianas y bolivianos que residen en el exterior. Define responsabilidades de autorización y aprobación de los recursos que se administran en las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares en el exterior del país.
Regula la campaña y propaganda electoral en procesos de referendo establecidos en la Ley del Régimen Electoral.
Regula los procedimientos para la contratación directa de bienes y servicios necesarios para la ejecución de los procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato.
Establece el procedimiento para el proceso de Referendo Constitucional 2016; las obligaciones, atribuciones y funciones de las autoridades del proceso electoral; la papeleta de sufragio; los tipos de voto; la jornada de votación; entre otros.
Regula el procedimiento para la actualización del padrón electoral en el marco del artículo 74 de la Ley Nº 018 y artículo 99 de la Ley Nº 026.
Regula la difusión de la propaganda electoral en Procesos Electorales, Referendos y Revocatorias de Mandato y la participación de las organizaciones políticas o alianzas, organizaciones de la sociedad civil y las organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinas, medios de comunicación y la ciudadanía en general.
Establece el procedimiento para la observación y el acompañamiento realizados por el OEP, a través del SIFDE a los procesos de consulta previa convocados por el Estado Plurinacional, a través de instituciones públicas, de forma obligatoria y con anterioridad a la toma de decisiones respecto a la realización de proyectos, obras o actividades relativas a la explotación de recursos naturales.
Regula la administración del proceso electoral de Elección General de Presidenta y Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente, Senadoras y Senadores, Diputadas y Diputados, y de Representantes ante Organismos Parlamentarios Supraestatales del Estado Plurinacional de Bolivia.
Regula las solicitudes de exención de certificados de nacimiento, matrimonio y/o defunción del Registro Civil y establece mecanismos administrativos que implementen este beneficio.
Regula los procedimientos para el registro de la nacionalidad y la inscripción de nacimientos de personas nacidas en el exterior, de madre o padres bolivianos.
Regula los lineamientos, los mecanismos y la metodología del proceso de delimitación de Circunscripciones Uninominales en los nueve departamentos del Estado Plurinacional de Bolivia, solo para fines electorales.
Norma y regula la relación de dependencia de los sevidores públicos con el Órgano Electoral Plurinacional, estableciendo los derechos, deberes, prohibiciones, incompatibilidades y en general todas las situaciones emergentes de vinculación laboral, conforme ala Ley Nº 2027.
Establece los procedimientos de diseño, distribución, entrega, devolución, disposición y requerimiento del material electoral para su uso uniforme en procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato de alcance nacional, departamental, regional y/o municipal.
Regula los procedimientos para la contratación directa de bienes y servicios necesarios para la ejecución de los procesos electorales para la elección de autoridades del 29 de marzo de 2015 (Autoridades Departamentales, Regionales y Municipales).
Regula el procedimiento para la actualización del padrón electoral en el marco del artículo 74 de la Ley N° 018 y artículo 99 de la Ley N° 026.
Regula los aspectos relacionados a la planificación, aprobación y ejecución de campañas de registro, certificación y saneamiento de partidas de registro civil y registro electoral ejecutadas por iniciativa institucional (TSE-SERECI) o a iniciativa externa (peticionantes).
Regula el registro y habilitación de los medios de comunicación, las empresas especializadas de estudios de opinión pública, instituciones académicas y cualquier otra entidad que realiza estudios de opinión en materia electoral con fines de difusión, así como los criterios técnicos, metodológicos y establece el procedimiento de faltas y sanciones.
Establece los términos, condiciones y procedimientos para la realización de pasantías, trabajos dirigidos, tesis y proyectos de grado, de los estudiantes de las universidades públicas autónomas, universidades indígenas y universidades privadas, en dependencias del Órgano Electoral Plurinacional.
Define los procedimientos del proceso de supervisión que ejercerá el OEP a través del SIFDE, en la consulta, conversión y conformación de autonomías indígena originaria campesina.
Norma los procedimientos que regulan la responsablidad disciplinaria de los vocales de los Tribunales Electorales, emergentes de la comisión faltas disciplinarias leves, graves o muy graves prevsitas en la Ley Nº 018 o de falta leve prevista en el presente reglamento.
Establece los procesos para la elaboración, presentación, ejecución, evaluación y modificación del presupuesto del OEP, los encargados de estos procesos y los plazos de su realización.
Es el conjunto de normas propias de la institución para la elaboración, seguimiento y evaluación del Programa de Operaciones Anual (POA) del OEP.
Establecer lineamientos y procedimientos para la administración, control y rendición de cuentas de los recursos relativos a la ejecución del proceso de registro de bolivianas y bolivianos que residen en el exterior en el padrón electoral biométrico y la realización del proceso de votación.
Reglamenta las declaraciones en comisión oficial de trabajo, así como la entrega de viáticos, pasajes y otros gastos emergentes, a los servidores públicos del OEP (TSE, TED y SERECI) en época electoral y no electoral.
Norma y regula la relación de dependencia de los servidores públicos del OEP, estableciendo los derechos, deberes, prohibiciones, incompatibilidades y en general todas las situaciones emergentes de la vinculación laboral, conforme a la Ley Nº 2027.
Regula los procedimientos de renuncias realizadas por militantes y simpatizantes de organizaciones políticas, de acuerdo a lo establecido en las leyes Nº 1983 y Nº 2771; los procedimientos de anulación de registros en el padrón de militantes y simpatizantes y la extensión de certificados de militancia.
Regula las condiciones procedimentales de la propuesta y de la recolección de adhesiones para iniciativa popular de referendo en circunscripción nacional, departamental y municipal.
Establece los procedimientos para la administración, organización, dirección, control, desarrollo y supervisión del proceso de elección de autoridades de las cooperativas de servicios públicos, a través de los TED en coordinación con el SIFDE, bajo las directrices del TSE para que las asociadas y asociados de una cooperativa puedan ejercer su derecho a elegir y ser elegidos.
Regula los procedimientos para la contratación directa de bienes y servicios en el exterior, destinados al empadronamiento y voto en procesos electorales, referendo o revocatoria de mandato de alcance nacional en los países donde el Estado Plurinacional de Bolivia cuente con representación diplomática y consular permanente.
Establece los mecanismos para el uso y control de los servicios de telefonía fija y móvil en el OEP que sean de su propiedad. Regula los deberes, obligaciones y prohibiciones que deben cumplir y observar los servidores públicos que los utilicen en el cumplimiento de sus funciones.
Regula la difusión de la propaganda electoral en procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato y la participación de las organizaciones políticas o alianzas, las organizaciones de la sociedad civil y las organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinas, medios de comunicación y la ciudadanía en general.
Regula la organización y funcionamiento de las Direcciones Regionales del Servicio de Registro Cívico (SERECÍ).
Reglamenta la competencia, requisitos y procedimientos para la rectificación, cambio, complementación, ratificación, reposición, cancelación y traspaso de partidas de registro civil de nacimiento, matrimonio, defunción, reconocimiento y naturalización en la vía administrativa, en el marco de la Ley Nº 018.
Define los procedimientos del proceso de supervisión que ejercerá el OEP a través del SIFDE, en la consulta, conversión y conformación de autonomías indígena originaria campesina.
Establece las reglas y principios para la supervisión del cumplimiento de las normas y procedimientos electorales internos de las cooperativas de servicios públicos en la elección de sus autoridades de administración y vigilancia; que será realizada por el Tribunal Electoral Departamental respectivo en coordinación con el Responsable del SIFDE departamental conforme las directrices establecidas por el TSE.
Establece los procedimientos para la administración, resguardo y uso de los vehículos al servicio del OEP. Regula los deberes, obligaciones y prohibiciones que deben cumplir y observar los servidores públicos que los utilicen en el cumplimiento de sus funciones.
Reglamenta las declaratorias en comisión oficial de trabajo, así como la entrega de viáticos, pasajes y otros gastos emergentes, a los servidores públicos del OEP (TSE, TED y SERECI) en época electoral y no electoral.
Regula la difusión de la propaganda electoral en procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato y la participación de las organizaciones políticas o alianzas, las organizaciones de la sociedad civil y las organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinas, medios de comunicación y la ciudadanía en general.
Regula la elección de Gobernadora o Gobernador en caso de renuncia, muerte, inhabilidad permanente o destitución, siempre y cuando no hubiere transcurrido la mitad de su mandato.
El Reglamento tiene por objeto establecer el procedimiento para la supervisión del cumplimiento de la normativa electoral de las Cooperativas de Servicios Públicos en la elección de los Consejos de Administración y Vigilancia.
El Reglamento tiene por objeto establecer los procedimientos para la administración, organización, dirección, control, desarrollo y supervisión del proceso de elección de autoridades de las Cooperativas de Servicios Públicos, a través de los Tribunales Electorales Departamentales en coordinación con el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIIFDE), bajo las directrices emitidas por el Tribunal Supremo Electoral.
Reglamento para la elaboración y difusión de estudios de opinión en materia electoral en procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato.
Reglamento para propaganda electoral, Referendo de Estatutos Autonómicos y Cartas Orgánicas 2016.
El presente Reglamento tiene por objeto regular los procedimientos para la contratación directa de bienes y servicios necesarios para la ejecución de los Procesos Electorales, referendos y revocatorias de mandato.
El presente manual tiene como base legal el Decreto Supremo N° 3158 de fecha 27 de abril de 2017 ha sido aprobado mediante Resolución de Sala Plena. Asimismo, se basa en el Artículo 90 de la Ley General de Telecomunicaciones Tecnologías de Información y Comunicación N° 164 de fecha 8 de agosto de 2011.
El objetivo es el de regular el conjunto interrelacionado de principios, elementos jurídicos, técnicos y administrativos que regulan el proceso de contratación de bienes, obras, servicios generales y servicios de consultoría.
El presente reglamento tiene por objeto establecer los procedimientos para la recepción de renuncias de mujeres candidatas, electas o en ejercicio de funciones político públicas, y las denuncias de acoso y violencia política hacia mujeres, en el marco de la Ley Nº 243 Contra el Acoso y Violencia Política hacia las mujeres.
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El objeto del presente Reglamento es regular las condiciones administrativas y procedimientos no contemplados en la Ley N° 026 del Régimen Electoral para la iniciativa ciudadana e inicio de los procesos de Revocatoria de Mandato de autoridades electas por voto popular.
El presente reglamento tiene por objeto normar la organización y funciones de la Unidad de Transparencia del Órgano Electoral Plurinacional estableciendo principios, mecanismos, lineamientos y procedimientos en los que desarrollará funciones.
Monto de las Multas y sanciones por faltas electorales cometidas por Jurados Electorales, Notarias y Notarios Electorales, Servidoras y Servidores Públicos, Organizaciones Políticas y particulares, que regirán para la gestión 2018.
Manual de Verificación de Registros de Adherentes dentro del Proceso de Revocatoria de Mandato de Autoridades Electas por Voto Popular, aprobado bajo Resolución TSE-RSP-ADM N° 0140/2018, de fecha 3 de abril de 2018.
El presente reglamento tiene por objeto regular el proceso de Referendo de Estatutos Autonómicos y Cartas Orgánicas; y Consulta de Conversión a la Autonomía Indígena Originario Campesina.
El presente Reglamento tiene por objeto regular la organización, administración y ejecución del Proceso de Revocatoria de Mandato de Autoridades Electas por Voto Popular, el Régimen de Campaña y Propaganda Electoral como el acceso y la difusión de Estudios de Opinión.
El presente Reglamento tiene por objeto establecer y regular el procedimiento para la convocatoria, selección, designación y posesión de Oficiales de Registro Civil, en las nueve (9) ciudades capitales d departamento y ciudades y centros poblados con más de ocho (8) mil habitantes.
El presente Reglamento tiene por objeto, promover y consolidar los procedimientos para el desarrollo de Pasantías, Trabajos Dirigidos, Proyectos de Grado y Tesis como Modalidades de Graduación, de las y los estudiantes de Universidades Públicas Autónomas, Universidades Indígenas y Universidades Privadas, en el Órgano Electoral Plurinacional.
El presente reglamento tiene por objeto regular de manera transitoria el trámite de reconocimiento y registro de personalidades jurídicas para partidos políticos y agrupaciones ciudadanas; así como la actualización de registros de su militancia; en el marco de los numerales 2, 3, 5 y 6 de la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 1096 de Organizaciones Políticas de 1 de septiembre de 2018.
El presente Reglamento tiene por objeto establecer los procedimientos para la organización, dirección, supervisión, administración y ejecución del proceso de Elecciones Primarias de Candidaturas de los Binomios Presidenciales para las Elecciones Generales 2019.
El presente Reglamento Específico del Sistema de Programación de Operaciones (RE-SPO) del Órgano Electoral Plurinacional (OEP), tiene por objeto regular el funcionamiento del Sistema de Programación de Operaciones (SPO) en el Órgano Electoral Plurinacional, detallando los procesos, medios y responsables de la formulación, aprobación, seguimiento, evaluación del POA.
El presente reglamento tiene como objetivos:
a) Establecer los procedimientos, responsabilidades y plazos para la gestión de proyectos en el marco de las Normas Básicas de Inversión Pública y sus reglamentos operativos.
b) Definir las acciones necesarias que apoyen y aseguren la asignación eficiente de los recursos de inversión pública en el marco de las directrices de formulación presupuestaria y la normativa vigente.
El Presente procedimiento se sustenta en lo dispuesto en la Ley N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional, referida a las atribuciones del Tribunal Supremo Electoral y los Tribunales Electorales Departamentales sobre ñas organizaciones políticas.
El presente documento tiene por objeto reglamentar los procedimientos para el trámite de reconocimiento de la personalidad jurídica de los Partidos Políticos, Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas en el marco de la Ley Nº 1983 de 25 de junio de 1999 y Ley Nº 2771 de 7 de julio de 2004.
Dispone DEJAR SIN EFECTO a partir de la fecha el “REGLAMENTO TRANSITORIO DE RECONOCIMIENTO Y REGISTRO DE PERSONALIDADES JURÍDICAS Y ACTUALIZACIÓN DE REGISTROS DE MILITANTES PARA PARTIDOS POLÍTICOS Y AGRUPACIONES CIUDADANAS”, aprobado mediante Resolución TSE-RSP-ADM N° 0471/2018 de fecha 26 de septiembre de 2018.
El presente reglamento tiene por objeto regular el procedimiento para el registro de Alianzas para las Elecciones Primarias de Candidaturas de los Binomios Presidenciales para las Elecciones Generales 2019.
Requisitos para la conformación de alianzas para las Elecciones Primarias 2019.
Establece el monto de las multas y sanciones por faltas electorales cometidas por Jurados Electorales, Notarias y Notarios Electorales, Servidoras y Servidores Públicos, Organizaciones Políticas y particulares, que regirán para gestión 2019.
El presente Reglamento tiene por objeto establecer los procedimientos para la solicitud y registro de alianzas para la lista de candidaturas a senadurías y diputaciones en las Elecciones Generales del Estado Plurinacional de Bolivia.
Aprobado mediante Resolución TSE-RSP-ADM N° 227/2019 de 24 de mayo de 2019.
El presente Reglamento tiene por objeto regular la propaganda electoral en medios de comunicación y regular la campaña electoral en elecciones generales.
El presente Reglamento tiene por objeto establecer los procedimientos de programación, diseño, requerimiento, adquisición, distribución, entrega, devolución y disposición del material electoral para su uso uniforme en procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato de alcance nacional, departamental, regional y/o municipal.
El presente Reglamento tiene por objeto regular la administración del proceso electoral, la convocatoria, la organización de la votación, las funciones de las autoridades jurisdiccionales y operativas, el sistema electoral, las candidaturas, la papeleta de sufragio, los tipos de votos y el proceso de votación, organización del día de votación, los recursos de justicia electoral, el cómputo, proclamación de resultados y entrega de credenciales del proceso de Elección General de Presidenta o Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente, senadoras y senadores, diputadas y diputados, y de representantes ante organismos parlamentarios supraestatales del Estado Plurinacional de Bolivia.
El presente reglamento tiene por objeto regular el procedimiento para la otorgación y registro de personalidad jurídica a organizaciones políticas; así como la actualización de militancias.
El objeto del presente Reglamento de Fiscalización a Organizaciones Políticas es establecer los parámetros a ser utilizados por la Unidad Técnica de Fiscalización del Órgano Electoral Plurinacional para la regulación y fiscalización del patrimonio, origen y manejo de los recursos económicos de las organizaciones políticas y del financiamiento de los gastos de la propaganda electoral de todas las organizaciones que participen en procesos electorales, referendos y revocatorias de mandatos.
El presente Reglamento tiene por objeto establecer los procedimientos para regular, fiscalizar y monitorear la elaboración y difusión de encuestas de intención de voto, boca de urna conteo rápido y otros estudios de opinión con efecto electoral durante los procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato.
El presente Reglamento tiene por objeto establecer los procedimientos para la gestión del fortalecimiento público en elecciones generales.
El presente Reglamento tiene por objeto regular el procedimiento para la actualización del padrón electoral en el marco del artículo 74 de la Ley N° 018 y artículo 99 de la Ley N° 026, modificadas por la Ley No. 1066.
El presente Reglamento tiene por objeto establecer las sanciones y multas por faltas electorales cometidas en procesos electorales, referendos y revocatorias de mandatos por juradas y jurados electorales, notarias y notarios electorales, servidoras y servidores públicos, organizaciones políticas y particulares.
El presente Reglamento tiene por objeto regular los procedimientos para la contratación directa de bienes y servicios necesarios para la ejecución de Procesos Electorales.
El presente Reglamento tiene por objeto normar, regular y operativizar los procesos de contratación de Bienes y Servicios Especializados en el Extranjero para el Órgano Electoral Plurinacional – Tribunal Supremo Electoral.
La presente norma reglamenta la administración del proceso electoral, la organización de la votación, funciones jurisdiccionales y operativas, y todos los actos necesarios para garantizar la organización y el desarrollo del proceso de votación, tanto en Bolivia como en el exterior, en el marco de la convocatoria a Elecciones Generales 2020 para la conformación de los órganos Legislativo y Ejecutivo, así como de representantes ante organismos supraestatales.
Este reglamento establece el proceso y procedimientos para el registro de alianzas en el proceso electoral de Elecciones Generales 2020. Se rige por la Constitución Política del Estado, la Ley N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional, la Ley N° 026 del Régimen Electoral, la Ley N°1096 de Organizaciones Políticas y la Ley N°1266 de Régimen Excepcional y Transitorio para la Realización de las Elecciones Generales 2020.
Este reglamento regula la propaganda electoral en medios de comunicación y en actos públicos de campaña durante procesos electorales. Se fundamenta en la Constitución Política del Estado, la Ley N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional, la Ley N° 026 del Régimen Electoral y la Ley N° 1096 de Organizaciones Políticas.
Este reglamento regula el proceso y procedimientos para la inscripción y registro de candidaturas en el proceso electoral de Elecciones Generales 2020.Se sustenta enla Constitución Política del Estado, la Ley N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional, la Ley N° 026 del Régimen Electoral, la Ley N°1096 de Organizaciones Políticas y la Ley N°1266 de Régimen Excepcional y Transitorio para la Realización de las EleccionesGenerales 2020.
Este reglamento tiene por objeto establecer los criterios técnicos mínimos para regular la realización y difusión de las encuestas electorales, boca de urnas, conteos rápidos y otros estudios de opinión, con efecto electoral. En el marco de la Constitución Política del Estado, la Ley N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional y la Ley N° 026 del Régimen Electoral.
El presente Reglamento tiene por objeto regular los procedimientos para la contratación directa de bienes y servicios necesarios para la ejecución de las Elecciones Generales 2020, en el marco de la autorización otorgada por el artículo 16 de la Ley N° 1266 de Régimen Excepcional y Transitorio para la realización de Elecciones Generales.
Este Reglamento tiene por objeto determinar las faltas electorales, las sanciones correspondientes y los procedimientos a aplicar durante los procesos electorales. Se fundamenta en la Constitución Política del Estado, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer ratificada por Ley N° 1599 de 1994; Ley Modelo Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Vida Política; Ley Nº 018 del Órgano Electoral Plurinacional; Ley Nº 026 del Régimen Electoral; Ley Nº 243 contra el Acoso y Violencia Política hacia las Mujeres; Ley N° 348 para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia y Ley N° 1096 de Organizaciones Políticas.
Establecer procedimientos para la administración, control y rendición de cuentas de los recursos transferidos a las cuentas bancarias de las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares en el Exterior, para la ejecución del Voto en el Exterior (…).
El presente Reglamento tiene por objeto regular los procedimientos para la contratación directa de servicios en el exterior destinados al empadronamiento y voto en el exterior, en los países donde el Estado Plurinacional de Bolivia cuente con representación Diplomática y Consular permanente; y existan electoras y electores registrados en el Padrón Electoral Biométrico.
El presente Reglamento tiene por objeto normar, regular y operativizar los procesos de contratación de bienes y servicios especializados en el extranjero para el Órgano Electoral Plurinacional – Tribunal Supremo Electoral.
Este reglamento establece las condiciones, requisitos y los procedimientos para la acreditación de las misiones internacionales y nacionales para el acompañamiento y la observación de procesos electorales. Se sustenta en la Constitución Política del Estado, la Ley N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional y la Ley N° 026 del Régimen Electoral.
La presente norma reglamenta la administración del proceso electoral, la organización de la votación, funciones jurisdiccionales y operativas, y todos los actos necesarios para garantizar la organización y el desarrollo del proceso de votación, en el marco de la convocatoria a Elecciones Subnacionales 2021 para la conformación de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales.
El presente reglamento establece el procedimiento para el registro de alianzas en el proceso electoral de las Elecciones Subnacionales 2021. Se rige principalmente por la Constitución Política del Estado, la Ley N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional, la Ley N° 026 del Régimen Electoral y la Ley N°1096 de Organizaciones Políticas.
El presente reglamento establece el procedimiento para el registro electoral de organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinas que participan en la elección de autoridades políticas departamentales, regionales y municipales.
El presente reglamento regula los procedimientos para la inscripción y registro de candidaturas, los criterios de distribución de escaños y de alternancia y paridad para el proceso de Elección de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales 2021.
Este Reglamento regula la propaganda electoral en medios de comunicación y en actos públicos de campaña. Se fundamenta en la Constitución Política del Estado, la Ley N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional, la Ley N° 026 del Régimen Electoral y la Ley N° 1096 de Organizaciones Políticas.
El presente reglamento establece el procedimiento para la supervisión al cumplimiento de las normas y procedimientos propios de las naciones y pueblos indígena originario campesinas en la elección directa de representantes políticos departamentales, regionales y/o municipales.
I. Este Reglamento tiene por objeto establecer los criterios técnicos mínimos para regular y fiscalizar la elaboración y difusión de estudios de opinión en materia electoral (encuestas pre-electorales, boca de urna y conteo rápido) en procesos electorales.
II. Este Reglamento tiene como base normativa la Constitución Política del Estado, la Ley N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional, la Ley N° 026 del Régimen Electoral y la Ley N° 1096 de Organizaciones Políticas.
El objeto del Reglamento es establecer la competencia, causales, procedimiento, resolución y recursos para las demandas de inhabilitación planteadas contra las candidaturas a la Gobernación, Asambleísta Departamental y Regional, Alcaldía, Concejalía y de otras autoridades políticas sujetas a las elección de autoridades políticas departamentales, regionales y municipales 2021.
El presente reglamento tiene por objeto regular los procedimientos para la contratación directa de bienes y servicios necesarios para la ejecución de la Elección de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales (Elecciones subnacionales 2021), en el marco de la autorización otorgada por la Ley N° 1353 de Régimen Excepcional y Transitorio para la realización de elección de autoridades políticas departamentales, regionales y municipales (Elecciones Subnacionales 2021) de 14 de diciembre de 2020.
El presente Reglamento tiene por objeto regular el procedimiento para la actualización del padrón electoral en el marco del artículo 74 de la Ley N° 018 y artículo 99 de la Ley N° 026, modificadas por la Ley No. 1066.
El presente reglamento tiene por objeto regular el pago del refrigerio al personal del Órgano Electoral Plurinacional en aplicación de la jornada de trabajo de lunes a viernes.
El presente Reglamento tiene por objeto establecer el procedimiento para la observación y el acompañamiento realizados por el Órgano Electoral Plurinacional (OEP), a través del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE), a los procesos de consulta previa convocados por el Estado Plurinacional, a través de instituciones públicas, de forma obligatoria y con anterioridad a la toma de decisiones respecto a la realización de proyectos, obras o actividades relativas a la explotación de recursos naturales.
El presente Reglamento tiene por objeto establecer los procedimientos para la supervisión de los procesos de elección de dirigencias y aprobación de estatutos orgánicos que realizan organizaciones políticas, en el marco de las atribuciones y competencias del Órgano Electoral Plurinacional (OEP), a través del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde).
Implantar en el ÓRGANO ELECTORAL PLURINACIONAL, las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y su reglamentación, identificando a las unidades y cargos de los servidores públicos responsables de la aplicación y funcionamiento del Sistema de Administración de Bienes y Servicios en la entidad, así como de los procedimientos inherentes a procesos de contratación, manejo y disposición de bienes.
El presente Reglamento Específico del Sistema de Presupuesto, establece los procesos para la elaboración, presentación, ejecución, evaluación y modificación del Presupuesto del Órgano Electoral Plurinacional, los encargados de estos procesos y los plazos de su realización.
El presente Reglamento tiene por objeto establecer los procedimientos para la ejecución de los fondos de fortalecimiento público en año no electoral, dirigido a las organizaciones políticas del Estado Plurinacional de Bolivia, a través de procesos de formación y capacitación ofertados por el Órgano Electoral Plurinacional y/o propuestos por las organizaciones políticas.
El Reglamento Específico del Sistema de Tesorería, tiene por objetivo regular los procedimientos de programación, recaudación y administración de recursos del Órgano Electoral Plurinacional, en el marco de las Normas Básicas del Sistema de Tesorería (NB-ST).
Regular la aplicación de la modalidad de Teletrabajo o Trabajo a Distancia en el Órgano Electoral Plurinacional, como medida de prevención a la pandemia del COVID-19.
Aprobado por RESOLUCIÓN TSE-RSP-ADM Nº 0132/2022 de 30 de marzo de 2022. Modificado por Resolución TSE-RSP-ADM N° 0253/2022 de 30 de junio de 2022. Regula el procedimiento para la cancelación de la personalidad jurídica de partidos políticos y agrupaciones ciudadanas.
El presente Reglamento tiene por objeto establecer la administración del proceso electoral, la organización de la votación, las funciones jurisdiccionales y operativas, la inscripción y el registro de candidaturas y todos los actos necesarios para garantizar la organización y el desarrollo de la elección extraordinaria de la máxima autoridad ejecutiva de gobiernos autónomos, por el resto del periodo constitucional, en los casos extraordinarios previstos en el ámbito de aplicación.
El presente Reglamento tiene por objeto:
I. Regular el procesamiento de denuncias por infracciones cometidas de la dirigencia y/o militancia de partidos políticos o agrupaciones ciudadanas
II. Regular el procedimiento para la resolución de recursos interpuestos como consecuencia del proceso por infracciones de la dirigencia y/o militancia de partidos políticos o agrupaciones ciudadanas.
III. Establecer los requisitos y el procedimiento para el registro de resoluciones sancionatorias determinadas por los partidos políticos o agrupaciones ciudadanas a sus dirigentes y/o militantes y aquellas emitidas por los Tribunales Electorales, en los casos que corresponda.
El presente Reglamento tiene por objeto establecer la administración del proceso electoral , la organización de la votación, las funciones jurisdiccionales y operativas, la inscripción y el registro de candidaturas y todos los catos necesarios para garantizar la organización y el desarrollo de la elección extraordinaria de la máxima autoridad ejecutiva de gobiernos autónomos, por el resto del periodo constitucional, en los casos extraordinarios previstos en el ámbito de la aplicación.
El Reglamento, tiene por objeto establecer los procedimientos para la implantación y funcionamiento del Sistema de Contabilidad Integrada en el Órgano Electoral Plurinacional y proporcionar información referente a la organización y funcionamiento del sistema para un efectivo control interno.
El Reglamento tiene por objeto:
– Definir procedimientos para la administración, supervisión, control y cierre de los recursos asignados con el Fondo Rotativo.
– Simplificar y agilizar el proceso de asignación de recursos mediante Fondo la compra de bienes y/o servicios, que por su naturaleza o característica son indispensables, urgentes y que por su cuantía no son sujetos a procedimiento de contratación
– Definir responsabilidades por la administración, rendición de cuentas, supervisión, control y cierre de los recursos asignados con recursos de Fondo Rotativo.
El Reglamento tiene por objeto:
– Regular los procedimientos para el trámite de la propuesta y de la Recolección de adhesiones para Iniciativa Popular de Referendo en circunscripción nacional, departamental y municipal en el marco de las limitaciones y exclusiones establecidas por Ley.
El Reglamento tiene por objeto:
- Establecer el procedimiento de renuncia y anulación de registro militantes de partidos políticos y agrupaciones ciudadanas.
- Establecer el procedimiento de extensión de certificados de milita.
El presente Reglamento tiene por objeto definir los procedimientos del proceso de supervisión que ejercerá el Órgano Electoral Plurinacional, a través del Tribunal Supremo Electoral, El Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE) y los Tribunales Electorales Departamentales, en la consulta de acceso, la conformación de los órganos deliberativos o su equivalente, la aprobación de los estatutos de las Autonomías Indígena Originario Campesinas y la conformación de gobiernos autónomos indígena originario campesino.
El presente Reglamento tiene por objeto:
I. Regular el procesamiento de denuncias por infracciones cometidas de la dirigencia y/o militancia de partidos políticos o agrupaciones ciudadanas
II. Regular el procedimiento para la resolución de recursos interpuestos como consecuencia del proceso por infracciones de la dirigencia y/o militancia de partidos políticos o agrupaciones ciudadanas.
III. Establecer los requisitos y el procedimiento para el registro de resoluciones sancionatorias determinadas por los partidos políticos o agrupaciones ciudadanas a sus dirigentes y/o militantes y aquellas emitidas por los Tribunales Electorales, en los casos que corresponda.
Implantar en el ÓRGANO ELECTORAL PLURINACIONAL, las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y su reglamentación, identificando a las unidades y cargos de los servidores públicos responsables de la aplicación y funcionamiento del Sistema de Administración de Bienes y Servicios en la entidad, así como de los procedimientos inherentes a procesos de contratación, manejo y disposición de bienes.
El Reglamento Específico del Sistema de Administración de Personal, regula y operativiza el funcionamiento del Sistema de Administración de Personal en el Órgano Electoral Plurinacional, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 1178 de Administración y Control Gubernamentales, y Decreto Supremo N° 26115 que aprueba las Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal.
Están sujetos al cumplimiento del presente reglamento todos los servidores públicos del Órgano Electoral Plurinacional.
El objetivo del Reglamento Específico del Sistema de Organización Administrativa (RESOA) es regular la implantación del Sistema de Organización Administrativa en el Órgano Electoral Plurinacional, disponiendo lo siguiente:
a) La realización de los procesos para el análisis, diseño e implantación de la estructura organizacional.
b) La asignación de funciones para cada uno de los procesos mencionados.
c) La determinación de periodos de ejecución de cada proceso.
El presente Reglamento regula la administración del proceso electoral, la organización de la votación, las funciones jurisdiccionales, operativas y todos los actos necesarios para garantizar el desarrollo de la Elección de Autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional 2024.
El presente Reglamento tiene por objeto normar el régimen especial de difusión de méritos e información del proceso de Elección de Autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional, en el marco constitucional del derecho a la información y a la comunicación de la ciudadanía para una participación informada.
Este reglamento establece las condiciones, requisitos y los procedimientos para la acreditación de las misiones internacionales y nacionales para el acompañamiento y la observación de procesos electorales. Se sustenta en la Constitución Política del Estado, la Ley N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional y la Ley N° 026 del Régimen Electoral.
OBJETO
I. El presente Reglamento, tiene por objeto establecer reglas relacionadas con el conjunto de funciones, actividades y procedimientos administrativos para adquirir bienes y servicios destinados a la realización o administración de las Elecciones de Autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional 2024, en el marco de la autorización otorgada en la Disposición Adicional Segunda de la Ley N° 1549 de 6 de febrero de 2024, de Régimen Excepcional y Transitorio para la Elecciones Judiciales 2024.
II. A efectos de este Reglamento, se entiende por bienes y servicios a: bienes, servicios generales y consultorías de línea y por producto.
III. La administración y disposición de bienes se regirá por los subsistemas correspondientes de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.
El Reglamento de Administración de Material Valorado, Gratuito y Libros de Registro Civil, Gratuito y Libros de Registro Civil del Órgano Electoral Plurinacional, tiene por objeto normar y sistematizar el procedimiento operativo para su administración (impresión, custodia, distribución y venta), en el marco de las Normas Básicas del Sistema de Tesorería y Sistema de Administración de Bienes y Servicios.
Este Reglamento tiene por objeto determinar las faltas electorales, las sanciones correspondientes y los procedimientos a aplicar durante los procesos electorales. Se fundamenta en la Constitución Política del Estado, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer ratificada por Ley N° 1599 de 1994.
El presente reglamento tiene por objeto establecer los requisitos, el procedimiento, los plazos y los responsables para la entrega de permisos de circulación para vehículos motorizados terrestres en procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato.
Este Reglamento establece el procedimiento para el registro y extinción de alianzas en las Elecciones Generales 2025.
El presente Reglamento tiene por objeto regular la administración del proceso electoral, la convocatoria, la organización de la votación, las funciones de las autoridades jurisdiccionales y operativas, la inhabilitación de candidatas y candidatos, el sistema electoral, la papeleta de sufragio, los tipos de votos y el proceso de votación, organización del día de votación, el cómputo, proclamación de resultados y entrega de credenciales del proceso de Elección General de Presidenta o Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente, senadoras y senadores, diputadas y diputados tanto plurinominales como uninominales y especiales y de representantes ante organismos parlamentarios supraestatales del Estado Plurinacional de Bolivia.
El presente reglamento tiene por objeto regular el proceso y procedimientos para la inscripción y registro de candidaturas en las Elecciones Generales 2025.
El Presente reglamento tiene por objeto regular los procedimientos para la contratación directa de bienes y servicios en el exterior para las diversas etapas del proceso electoral en los países donde el Estado Plurinacional de Bolivia cuente con representación diplomática y consular permanente y existan electores registrados en el Padrón Electoral Biométrico.
El presente Reglamento, tiene por objeto establecer reglas relacionadas con el conjunto de funciones, actividades y procedimientos administrativos para adquirir bienes y servicios destinados a la realización o administración de las Elecciones de Autoridades y Representantes del Estado Plurinacional 2025.
Este Reglamento tiene por objeto regular y fiscalizar la elaboración y difusión de estudios de opinión en materia electoral (encuestas preelectorales, boca de urna y conteo rápido) en procesos electorales bolivianos, con base en los criterios técnicos mínimos establecidos en el mismo.
Este Reglamento tiene por objeto regular la difusión de propaganda electoral en medios de comunicación tradicionales, con sus respectivas redes sociales, medios digitales con dominio propio, con sus respectivas redes sociales, y en actos públicos de campaña durante el proceso electoral Elecciones Generales 2025.
Este reglamento establece las condiciones, requisitos y los procedimientos para la acreditación de las misiones internacionales y nacionales para el acompañamiento y la observación de procesos electorales. Se sustenta en la Constitución Política del Estado, la Ley N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional y la Ley N° 026 del Régimen Electoral.
El presente reglamento tiene por objeto establecer la organización y funcionamiento de la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE).
El presente RE-SOA es de aplicación obligatoria en el Órgano Electoral Plurinacional abarcando a la totalidad de las
áreas y unidades organizacionales del Tribunal Supremo Electoral, Tribunales Electorales Departamentales y sus
respectivos Programas y Proyectos, así como para todos y cada uno de sus servidores públicos sin distinción alguna
de jerarquía.
El presente Reglamento Específico del Sistema de Programación de Operaciones (RESPO), tiene por objeto regular
el funcionamiento del Sistema de Programación de Operaciones (SPO) en el Órgano Electoral Plurinacional,
detallando los procesos, medios y responsables de la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del Plan
Operativo Anual (POA).
El presente Reglamento tiene por objeto establecer el marco normativo, técnico y operativo para la implementación, funcionamiento, supervisión y evaluación del Sistema de Transmisión y Publicación de Resultados Preliminares.
El presente reglamento tiene por objeto establecer la organización y funcionamiento de la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE).
Este reglamento establece las condiciones, requisitos y los procedimientos para la acreditación de las misiones internacionales y nacionales para el acompañamiento y la observación de procesos electorales. Se sustenta en la Constitución Política del Estado, la Ley N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional y la Ley N° 026 del Régimen Electoral.
El presente Reglamento, tiene por objeto establecer reglas relacionadas con el conjunto de funciones, actividades y procedimientos administrativos para adquirir bienes y servicios destinados a la realización o administración de las Elecciones de Autoridades y Representantes del Estado Plurinacional 2025.
El presente Reglamento, tiene por objeto establecer reglas relacionadas con el conjunto de funciones, actividades y procedimientos administrativos para adquirir bienes y servicios destinados a la realización o administración de la “Elección de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales (Elecciones Subnacionales 2026)”
El presente reglamento tiene por objeto regular los procedimientos para la inscripción, registro, inhabilitación, renuncia, sustitución de candidaturas, los criterios de distribución de escaños, los criterios de alternancia y paridad para el proceso de Elec.
El presente reglamento establece el procedimiento para el registro de alianzas en el proceso electoral de las Elecciones Subnacionales 2026. Este Reglamento se sustenta en la Constitución Política del Estado, la Ley N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional, la Ley N° 026 del Régimen Electoral y la Ley N° 1096 de Organizaciones Políticas y la Ley N° 1700 de Régimen Excepcional y Transitorio
para la realización de Elección de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales (Elecciones Subnacionales 2026).
Este reglamento establece las condiciones, requisitos y los procedimientos para la acreditación de las misiones internacionales y
nacionales para el acompañamiento y la observación de procesos electorales. Se sustenta en la Constitución Política del Estado, la Ley N° 018 del Órgano Electoral Plurinacional y la Ley N° 026 del Régimen Electoral.
La presente norma reglamenta la administración del proceso electoral, la organización de
la votación, funciones jurisdiccionales y operativas, y todos los actos necesarios para garantizar la organización
y el desarrollo del proceso de votación, en el marco de la convocatoria a Elección de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales (Elecciones Subnacionales 2026).
Este Reglamento tiene por objeto regular la difusión de propaganda electoral en medios de comunicación tradicionales, con sus respectivas redes sociales, medios de comunicación digitales con dominio propio, con sus respectivas redes sociales, y en actos públicos de campaña durante el proceso electoral para la Elección de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales (Elecciones Subnacionales 2026).
Este Reglamento tiene por objeto regular y fiscalizar la elaboración y difusión de estudios de opinión en materia electoral (encuestas preelectorales, boca de urna y conteo rápido) en el marco de las Elecciones Subnacionales 2026, con base en los criterios técnicos mínimos establecidos en el mismo.
El presente Reglamento tiene por objeto regular el procedimiento para la actualización del padrón electoral en el marco del artículo 74 de la Ley N° 018 y artículo 99 de la Ley N° 026, modificadas por la Ley N° 1066.
El presente reglamento establece el procedimiento para la supervisión al cumplimiento de las normas y procedimientos propios de las naciones y pueblos indígena originario campesinas en la elección directa de representantes políticos departamentales, regionales y/o municipales.

